Ley de Migración y Extranjería 21.325 Chile. ¡Conózcala!
Si usted quiere emigrar a Chile no tiene que ser un experto en la Ley de Migración y Extranjería 21.235, en vigor desde febrero 2022, pero sí es importante que conozca de primera mano los requisitos para entrar en Chile: bien para visitar Chile como turista o viajar a Chile para establecer su nueva residencia temporal inicialmente y a futuro residencia definitiva.
Conocer los aspectos básicos de la Ley de Migración y Extranjería 21.325 le ayudará a tomar las decisiones más importantes con criterio informado y teniendo una visión global de todas las posibles opciones que están a su disposición.
Este es el objetivo de este artículo: explicarle de forma sencilla y resumida los aspectos fundamentales de la Ley de Migración y Extranjería 21.235.
Ley de Migración y Extranjería 21.325
El pasado 20 de abril de 2021 entró en vigor la nueva Ley de Migración y Extranjería (Nº 21.325) ( aquí le dejamos un enlace a la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile BCN donde usted puede consultar telemáticamente esta ley) que supone un cambio sustancial frente a la legislación anterior para emigrar a Chile.
El cambio principal de la Ley de Migración y Extranjería 21.235 es que la solicitud de un permiso de Residencia Temporal deberá realizarse, salvo casos muy específicos, desde el extranjero.
Es decir, establece una clara diferencia, al momento de solicitar la Residencia Temporal, entre los extranjeros que se encuentran dentro de Chile (que necesariamente serán titulares en ese momento de un permiso de Permanencia Transitoria) y aquellos extranjeros que se encuentran fuera de chile, normalmente en sus países de origen.
De esta forma los extranjeros que se encuentran fuera de chile, y desean establecerse en Chile para iniciar una nueva vida ganándose la vida en el país, no podrán viajar a Chile hasta que hayan obtenido efectivamente el Permiso de Residencia Temporal.
¡Ya verá que no es difícil y entender estos conceptos le van a ahorrar muchos dolores de cabeza y evitar tener que dar marcha atrás por decisiones inadecuadas!. ¡Vamos adelante!
Categorías Migratorias en la Ley de Migración y Extranjería 21.325
La Ley de Migración y Extranjería 21.325 establece 4 categorías migratorias (no hay más, sólo 4). Son las 4 formas en que usted Usted puede, siendo extranjero, estar viviendo en Chile de forma legal.
En este artículo nos detendremos únicamente en las que son más relevantes para el inicio del proceso migratorio: Permanencia Transitoria y Residencia Temporal. A continuación explicamos esquemáticamente las 4 categorías migratorias.
Permiso de Permanencia Transitoria
Anteriormente denominada Visa de Turismo. Es la autorización que se otorga a un extranjero para visitar Chile por un periodo máximo de 90 días. El permiso de Permanencia Transitoria no permite realizar actividades remuneradas.
Permiso de Residencia Temporal (Visa de residencia temporal)
Es la autorización que se otorga a un extranjero para residir en Chile por un periodo determinado ( de forma inicial uno o 2 años) y posteriormente prorrogable. La visa se otorga por motivos laborales, familiares, de estudio, religiosos entre otros. Evidentemente la Residencia Temporal le permite vivir en Chile con derechos y obligaciones prácticamente similares a los chilenos ( servicios sociales, servicios médicos educación por supuesto también le permite trabajar).
Cualquier migrante debe obtener la visa de Residencia Temporal en alguna de sus subcategorías para poder comenzar su vida en Chile. Más adelante le vamos a explicar las diferentes subcategorías migratorias.
Permiso de Residencia Definitiva (Visa de Residencia Definitiva)
Esta es la autorización que se otorga a un extranjero para residir de forma indefinida en Chile, por supuesto cumpliendo con ciertos requisitos establecidos por la ley. El requisito principal para obtener la Residencia Definitiva es haber residido en Chile con una visa de residencia temporal durante al menos 2 años continuos.
Es importante también tener en cuenta que la obtención de la Residencia Definitiva en Chile le obliga a usted a renunciar a la residencia que tuviera en cualquier otro país. Asimismo la Residencia Definitiva en Chile no garantiza la obtención de la nacionalidad chilena.
Permiso de Residencia Oficial
La categoría de Residencia Oficial se otorga a un extranjero que desempeña cargos en la administración pública, como diplomáticos, funcionarios consulares entre otros. No es una situación común entre los migrantes a Chile.
Permiso de Permanencia Transitoria para visitar Chile como turista
La Permanencia Transitoria es el permiso que se concede a los extranjeros que viajan a Chile sin intenciones de establecerse en el país. Es el permiso para visitar Chile como turista. Este permiso le permitirá permanecer en Chile durante un periodo de 90 días corridos, prorrogables, por una sola vez, hasta otros 90 días corridos.
La prórroga de 90 días se debe solicitar al Departamento de Extranjería y Migración de Chile con al menos 30 días de anticipación al vencimiento del permiso. Asimismo se debe pagar una tasa para solicitar la prórroga de la visa de Permanencia Transitoria. La tasa varía dependiendo de la nacionalidad de solicitante y del tiempo de prórroga que se solicita. En general un valor promedio de la tasa oscila entre 100 y 200 $USA.
Le hacemos notar que cualquier extranjero que ingrese a Chile como titular de un permiso de Permanencia Transitoria deberá acreditar, en el control de entrada al país, que dispone de los medios económicos suficientes para su permanencia en el país. En nuestra experiencia este requisito no suele requerirse en la práctica en los puntos de entrada a Chile, en todo caso se aplica de forma discrecional.
Tarjeta Única Migratoria (TUM)
Cuando ingresa al país recibirá un documento denominado Tarjeta Única Migratoria (TUM) emitido por la PDI ( Policía de Investigación). Debe guardar este documento junto con su pasaporte durante la totalidad de la estancia en Chile, dentro del plazo de los 90 días desde que ingresó a Chile, ya que le puede ser exigido para demostrar su ingreso lícito al país.
¿Se necesita una visa consular para ingresar a Chile como turista?
En general no se requiere autorización previa o visa para el ingreso y permanencia en Chile si usted lo hace en calidad de titular de un permiso de Permanencia Transitoria; es decir como turista.
Sin embargo el Gobierno de Chile exige a los nacionales de determinados países una autorización previa o visa, otorgada por un consulado chileno en el exterior (denominada a veces: visto consular de turismo) para la entrada a Chile como turista. Este documento se debe obtener previamente a su viaje ingreso a Chile.
- Puede consultar en esta tabla los países que necesitan visas y visto de turismo.
- Puede solicitar la visa consular en esta página online del Ministerio de Relaciones Exteriores
¿Se puede trabajar con el Permiso de Permanencia Transitoria?
La respuesta es no.
De forma excepcional podrán trabajar, previa solicitud al Servicio de Migraciones, los extranjeros que tengan que realizar una actividad específica o esporádica: deportistas, integrantes de espectáculos, conferencistas, asesores y técnicos expertos.
Permiso de Residencia Temporal para vivir y trabajar en Chile temporalmente
El permiso de Residencia Temporal es la autorización que se otorga a un extranjero para residir en Chile por un periodo determinado (de forma inicial uno o hasta 2 años) y posteriormente prorrogable. La visa de Residencia Temporal se otorga por motivos laborales, familiares, de estudio, religiosos entre otros. Evidentemente la Residencia Temporal le permite vivir en Chile con derechos y obligaciones prácticamente similares a los chilenos ( servicios sociales, servicios médicos educación por supuesto también le permite trabajar). Cualquier migrante debe obtener la Residencia Temporal en alguna de sus subcategorías para poder comenzar su vida en Chile.
La Residencia Temporal se puede solicitar en calidad de titular o dependiente. El titular deberá demostrar actividad económica o ingresos estables suficientes para la mantención de los postulantes en calidad de dependientes suyos.
El gran cambio que establece la Ley de Migración y Extranjería 21.235 es que establece una clara diferencia, al momento de solicitar la Residencia Temporal, entre los extranjeros que se encuentran dentro de Chile y aquellos que se encuentran fuera de chile, normalmente en sus países de origen. la novedad es que la solicitud es de permisos de Residencia Temporal deberán realizarse en general desde el extranjero.
En todos los casos las solicitudes deben ser presentadas telemáticamente a través de la plataforma electrónica del Servicio Nacional de Migraciones (tramites.extranjeria.gob.cl)
Solicitud de Residencia Temporal para extranjeros dentro de chile
Si usted es titular de un permiso de Permanencia Transitoria y se encuentra dentro de Chile puede solicitar el cambio de categoría migratoria a Residencia Temporal y subcategoría migratoria en su caso pero única y exclusivamente acogiéndose a los siguientes casos:
- Solicitudes de reunificación familiar: por vínculos de familia con chilenos o con residentes definitivos
- Solicitudes fundadas en razones humanitarias.
- Solicitudes de residencia temporal para personas cuya estadía sea concordante con los objetivos de la Política Nacional de Migración y Extranjería y en otros casos debidamente calificados por la Subsecretaría del Interior.
En este artículo de nuestra web, Permiso de Residencia Temporal en Chile para extranjeros que están dentro del país le explicamos el paso a paso para tramitar esta solicitud.
Solicitud de Residencia Temporal para extranjeros fuera de Chile
Si usted es extranjero y se encuentra fuera de chile (normalmente en su país de origen) podrá solicitar la Residencia Temporal, telemáticamente desde fuera de Chile, acogiéndose a alguna de las subcategorías que le detallamos aquí abajo:
- Permiso de reunificación familiar.
- Permiso para extranjeros que desarrollan actividades lícitas remuneradas (con contrato de trabajo, contrato de prestación de servicios u oferta de trabajo y por cuenta propia o empresario).
- Permiso para extranjeros que se establecen en Chile con el objetivo de estudiar en establecimientos educacionales.
- Permiso para trabajadores de temporada.
- Permiso de oportunidades laborales.
- Permiso para extranjeros sujetos a la custodia de la Gendarmería de Chile.
- Permiso para extranjeros que se encuentren en Chile por orden de Tribunales de Justicia Nacionales.
- Permiso otorgado por razones humanitarias, que se subclasifica para: víctimas de trata de personas; mujeres víctimas de violencia intrafamiliar o de género; víctimas de tráfico ilícito de migrantes; mujeres extranjeras en situación de embarazo y finalmente niños, niñas y adolescentes no acompañados.
- Permiso para personas acogidas a acuerdos internacionales.
- Permiso para religiosos de cultos reconocidos oficialmente.
- Permiso para extranjeros que se encuentren bajo tratamientos médicos.
- Permiso para extranjeros jubilados y para rentistas.
- Permiso para ex titulares de residencia definitiva.
- Permiso para inversionistas y personal relacionado.
- Permiso de negocios de múltiple entrada.
- Permiso para refugiados y asilados políticos.
La información oficial de la Migración y Extranjería acerca de todas las subcategorías migratorias de Residencia Temporal la podrá encontrar en residencia temporal/subcategorías:
A continuación le presentamos todos los enlaces a cada una de las subcategorías de la Residencia Temporal de la Ley de Migración y Extranjería 21325, aquí usted puede consultar la información original para su mayor seguridad:
Nómina de subcategorías de Residencia Temporal
Reunificación familiar
Para personas que acrediten tener un vínculo con un chileno o extranjero titular de un permiso de Residencia Definitiva.
Personas que desarrollan actividades lícitas remuneradas
Para extranjeros/as que desean desarrollar actividades remuneradas con dependencia de un empleador en Chile.
Estudiantes de establecimientos reconocidos
Para extranjeros/as interesados en estudiar en establecimientos educacionales reconocidos por el Estado.
Trabajadores/as de temporada
Para extranjeros/as que tienen intención de desempeñar trabajos estacionales específicos por períodos limitados, únicos o interanuales en Chile.
Personas sujetas a la custodia de Gendarmería de Chile
Para personas extranjeras que se encuentran bajo la administración, control y vigilancia de Gendarmería de Chile.
Extranjeros que se encuentran en Chile por orden de Tribunales de Justicia
Para personas extranjeras que se encuentran o que deban trasladarse a territorio nacional por orden de Tribunales de Justicia chilenos.
Razones humanitarias
Para personas extranjeras que sean víctimas de algún tipo de violencia o vulnerabilidad, entre otras razones.
Personas acogidas a acuerdos internacionales
Para personas extranjeras que residen en alguno de los Estados partes de acuerdos internacionales celebrados por Chile, que se encuentren vigentes.
Personas religiosas de cultos reconocidos
Para extranjeros/as que pertenecen a alguna entidad religiosa constituida legalmente en Chile, y que necesiten residir para el ejercicio del culto.
Personas que se encuentran bajo tratamiento médico
Para extranjeros/as que se encuentran bajo tratamientos médicos que deban ser iniciados o continuados en Chile.
Personas jubiladas o rentistas
Para extranjeros/as que hayan obtenido una pensión por jubilación o que cuenten con rentas constantes derivadas de la explotación de bienes raíces o activos financieros.
Personas ex titulares de Residencia Definitiva
Para extranjeros/as que hayan sido en alguna oportunidad titulares de Residencia Definitiva, y que les haya sido revocada.
Inversionistas y personal relacionado
Para personas extranjeras, representantes legales o que desempeñan funciones de alta dirección en una empresa extranjera, que buscan invertir en Chile.
Personas que realizan gestión de negocios de múltiple entrada
Para extranjeros/as que deban entrar regularmente al país para realizar gestiones ejecutivas o directivas relacionadas con negocios o inversiones.
Principio de reciprocidad internacional
Para personas extranjeras a quienes se les otorgue Residencia Temporal en virtud del Acuerdo de los Estados Partes del Mercosur.
El Decreto Supremo que establece las subcategorías migratorias según la Ley de Migración y Extranjería 21.325 de Chile es el Decreto N° 177 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, publicado en el Diario Oficial de la República de Chile el 14 de mayo de 2022.
Este Decreto establece las subcategorías migratorias dentro de las categorías de Residencia Temporal y Visitante Temporario, según lo establecido en la nueva Ley de Migración y Extranjería de Chile. Asimismo, se detallan los requisitos y procedimientos para la obtención de cada una de estas subcategorías.
Le hemos dejado el enlace por si usted quiere consultar algún tipo de subcategoría en concreto.
En InfoMigracion iremos detallando en los artículos de nuestro blog las diferentes solicitudes de permisos según la subcategoría migratoria que cuadrar mejor con sus intereses.
No lo olvides: ¡Tú eres la razón por la que estamos aquí!