Los extranjeros, exclusivamente aquellos con calidad de técnicos o profesionales, trabajando en Chile pueden realizar el retiro de fondos AFP extranjeros. Empecemos: en Chile es obligatorio, para personas tanto nacionales como extranjeras, cotizar en una AFP (Administradora de Fondos de Pensiones) para tener derecho al futuro pago de pensiones.

No obstante, la Ley N° 18.156 establece una excepción donde se exonera de realizar cotizaciones provisionales a los técnicos extranjeros y a las empresas que los contratan. La razón es simple: por lo general estas personas extranjeras terminarán abandonando el país por lo que para ellos no es necesario el tener acceso a unos pagos futuros de pensiones en Chile.

Además, en caso de haberse registrado cotizaciones en una AFP, los trabajadores técnicos o profesionales extranjeros pueden solicitar el retiro de fondos AFP extranjeros ya depositados.

De acuerdo con el artículo 1 de la Ley 18.156 de 1982, que exime a los técnicos extranjeros y a las empresas que los empleen de las contribuciones al seguro social, las empresas y aquellos empleados que celebren contratos de trabajo con empleados técnicos extranjeros están exentos del impuesto para cumplir con las leyes de seguridad social de los trabajadores y por lo tanto no están obligados a realizar aportes a los organismos chilenos de seguridad social, si se cumplen las siguientes condiciones:

  1. Que el trabajador esté afiliado a un régimen de seguridad social o previsión fuera de Chile, sin importar su naturaleza jurídica, que le brinde prestaciones en caso de enfermedad, incapacidad, senectud o muerte.
  2. Que en el contrato correspondiente el trabajador indique su objetivo de conservar la afiliación referida.

Así, si el contrato de trabajo deberá estipularse que, si un empleado técnico o profesional de una empresa está vinculado a un sistema de previsión o seguridad social ubicado fuera de Chile y su voluntad de mantener esta afiliación, el empleador no está obligado a asumir obligación alguna en los organismos de previsión chilenos.

retiro de fondos AFP extranjeros en cualquier administradora de fondos de pensiones en Chile

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¿Qué pasa si el empleador ha pagado los aportes provisionales a la AFP de técnicos o profesionales extranjeros?

El artículo 7 de la Ley N° 18 156 establece que, si se hubieran registrado cotizaciones provisionales a nombre de los trabajadores extranjeros ante la administradora de un fondo de pensiones, estos trabajadores extranjeros pueden exigir el retiro de fondos AFP extranjeros depositados, si se cumplen los requisitos establecidos en el artículo 1º de la misma ley.

¿Cómo retirar fondos AFP extranjeros?

Para retirar fondos AFP extranjeros, el técnico o profesional extranjero debe presentarse en las oficinas de la AFP con cédula de identidad o pasaporte vigente, si este último se encuentra vencido, los documentos requeridos y diligenciar un formulario denominado “Reembolso de Fondo de pensiones». Ley N° 18 156″.

Si no sabe en qué AFP estás, en la web de la Superintendencia Pensiones su afiliación.

Aquí le presentamos un listado con las principales Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) de Chile donde usted podrá realizar el retiro de fondos AFP extranjeros:

¿Cuáles son los requisitos para retiro de fondos AFP extranjeros?

  1. El trabajador extranjero debe tener reconocida la calidad de técnico o profesional en Chile mediante título técnico o profesional debidamente apostillado o legalizado por el Consulado de Chile del país de origen y el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Según la Circular N° 553 de 1988, los técnicos son empleados con conocimientos científicos o artísticos que pueden ser acreditados por el Ministerio mediante certificados de estudios especiales o especializados debidamente legalizados y, en su caso, traducidos oficialmente en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
  2. El trabajador extranjero debe acreditar con las pruebas correspondientes que se encuentra vinculado a un sistema de previsión o seguridad social fuera de Chile, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que prevea prestaciones al menos en caso de enfermedad, invalidez, vejez y muerte. La pertenencia a un sistema de pensiones extranjero debe ocurrir antes de la fecha de suscripción del contrato de trabajo en Chile.
  3. El trabajador tiene que haber incluido en su contrato laboral un anexo para el retiro de fondos AFP extranjeros según modelo de legislación chilena. En este modelo anexo de contrato para retirar fondos AFP el trabajador extranjero declara que ya tiene un sistema de pensiones fuera de Chile y la voluntad de mantenerlo (puede encontrar un modelo de anexo para retiro de fondos AFP extranjeros al final de este artículo).

Modo de presentación de documentos al solicitar el retiro de fondos AFP extranjeros

  • Título técnico o profesional: Debe estar debidamente apostillado o leído por el consulado chileno del país de origen y el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Si está en un idioma diferente al español, debe tener la traducción correspondiente.
  • Comprobante de afiliación a un sistema de pensiones o de seguridad social fuera de Chile: debe estar debidamente apostillado o legalizado por el consulado chileno del país de origen y el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Si está en un idioma diferente al español, debe tener la traducción correspondiente.
  • Contrato de trabajo y adenda: Tanto el contrato de trabajo como la adenda (si es necesario) deben ser firmados por un notario público.

Si necesita una traducción, puede hacerlo en el departamento de traducción del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Importante: Ten en cuenta que los documentos enviados a la AFP no son retornables, por lo que, si desea conservar los documentos originales, le recomendamos obtener copias notariadas de los documentos que desea conservar.

¿Cuánto tiempo hay que esperar para el retiro de fondos AFP extranjeros?

La AFP suele tardar 5 días hábiles en analizar la solicitud y los documentos presentados. Si todo está en orden, tardará unos 3 días hábiles en ser pagado el retiro de fondos AFP extranjeros.

Los anteriores son tiempos ideales, pero variarán según la AFP.

Ejecución del trámite retiro AFP extranjeros por un tercero

El trámite puede ser realizado por un tercero que cuente con un poder otorgado por un notario o funcionario civil chileno con una antigüedad menor a 6 meses.

Si el extranjero no se encuentra en Chile, el poder deberá:

  • Ser firmado en el consulado chileno del país donde se encuentre el titular del fondo de AFP, y luego legalizado en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
  • Comprende el derecho “a tramitar, retirar fondos AFP extranjeros, cobrar y recibir los fondos de pensión según la Ley N° 18.156” en la AFP correspondiente.
  • No debe tener una antigüedad mayor a 6 meses (contados a partir de la firma del poder notarial).

Impuestos por retiro AFP extranjeros

El retiro de fondos AFP extranjeros si tiene que pagar impuestos. Están sujetos a tributación según el artículo 42 Nº1 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y para estos efectos se considera el importe devuelto como si fuera parte del salario normal percibido el trabajador, obtenido en la fecha de devolución de los fondos AFP.

Una vez que haya solicitado retirar fondos AFP extranjeros utilizando el formulario «Solicitud de devolución de fondos previsionales Ley N° 18.156» , la AFP calculará el monto del impuesto aplicable y lo retendrá antes de entregarle el monto neto (descontados los impuestos) de la devolución.

Ejemplo formulario solicitud retiro de fondos AFP extranjeros HABITAT

Otras preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no se cumplen los requisitos de solicitud de retiro de fondos AFP extranjeros?

Los fondos de pensión permanecen en la cuenta obligatoria hasta que la edad (mujer 60 años, hombre 65 años) completa la solicitud de pensión de vejez según la situación. Alternativamente, dependiendo de su nacionalidad, puede utilizar los convenios bilaterales vigentes en Chile durante el período de solicitud de la pensión.

Una vez que haya solicitado la devolución de fondos previsionales en la AFP correspondiente, utilizando el formulario «Solicitud de devolución de fondos previsionales Ley N° 18.156, la AFP calculará el monto del impuesto aplicable y lo retendrá antes de entregarte el monto neto de la devolución

Modelo anexo de contrato para retirar fondos AFP extranjeros 

Le presentamos este modelo de anexo de contrato para retirar fondos AFP elaborada por nuestros abogados. Es importante que este anejo figure en su contrato laboral como extranjero expatriado en Chile y que no va a disfrutar de las pensiones chilenas por lo tanto tiene el derecho de retirar anualmente las retenciones a su AFP:

En ( comuna ) de Chile, a ( día ) de ( mes ) de ( año ), entre ( nombre empleador ), RUT N° (_______), representado por ( nombre completo representante legal ), cédula de identidad N° ( ________ ), con domicilio en ( calle ) ( N° ), ( comuna ), ( región ), en adelante “el empleador”, y don / doña ( nombre trabajador ), ( cédula de identidad N° ( _______ ), en adelante “el trabajador” se ha convenido en el siguiente anexo de contrato de trabajo:

1.- Las partes declaran haber suscrito un contrato de trabajo con fecha ( día ) de ( mes ) del ( año ), el cual se encuentra plenamente vigente.

2.- A través del presente anexo se agrega una nueva cláusula al contrato mencionado en el punto anterior, del siguiente tenor:

“Cláusula previsional. El Trabajador declara: a) ser técnico profesional extranjero conforme a lo establecido en el artículo 1° de la Ley 18.156 y numeral primero de la Circular N° 553 de 1988 de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones; b) encontrarse afiliado a un régimen de previsión o de seguridad social fuera de Chile, el que le otorga prestaciones, a lo menos, en casos de enfermedad, invalidez, vejez y muerte; y, c) su voluntad de mantener su afiliación al referido sistema de seguridad social o previsión en el extranjero.”.

3.- Se deja constancia que las demás cláusulas del contrato de trabajo de fecha (día) de (mes) del año (año) se mantienen inalteradas.

El presente anexo de contrato de trabajo se firma en 3 ejemplares de igual tenor y fecha, quedando uno en poder del empleador y dos en poder del trabajador.

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Empleador

RUT

Representante legal

RUN

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Trabajador

RUN

 

Fuentes

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